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El
reglamento federal (“Higher Education
Amendments” of 1998, Public Law
105-244”) le indica a la institución, el
proceso del cálculo de la ayuda, cuando
un estudiante efectúa una baja total. La
Universidad tiene que calcular la
cantidad a la cual el estudiante
tiene derecho y la cantidad que deberá
devolverse al Gobierno Federal. El
estudiante solamente tendrá derecho a
recibir un porcentaje de ayuda federal,
basada en los días que asistió a clases
(días asistidos ÷ días en el semestre).
Si el por ciento de asistencia a clases
es mayor del 60%, el estudiante es
elegible para recibir la cantidad total
de ayuda asignada. La institución y el
estudiante, son responsables de devolver
al Gobierno Federal, la cantidad que no
les corresponde. El estudiante debe
pasar por la Oficina de Asistencia
Económica, para orientarse sobre la
cantidad de ayuda federal a la cual
tiene derecho y la cantidad que tendrá
que devolver o re-pagar al Gobierno
Federal, antes de darse de baja total.
Debido a que este reglamento tiene que
ver con los Programas de Titulo IV, el
proceso de reembolso de fondo, no
necesariamente se aplica a otros fondos.
No obstante, los Programas Estatales se
rigen por la misma política de
reembolsos de Titulo IV, del
Departamento de Educación Federal.
El
siguiente orden de devolución de fondos,
está basado en la reglamentación federal
de Título
IV.
-
Préstamo Federal Stafford No-Subsidiado
-
Préstamo Federal Stafford Subsidiado
-
Préstamo Federal Directo No-Subsidiado
-
Préstamo Federal Directo Subsidiado
-
Préstamo Perkins
-
Préstamo Plus
-
Préstamo Plus Directo
-
Pell Grant
-
Academic Competitiveness Grant (ACG)
-
National Science and Mathematic
Access to Retain Talent Grants (SMART)
-
Federal SEOG
-
Alguna otra Ayuda de Titulo IV
-
Alguna otra ayuda de No-Titulo IV
Reembolso
por bajas totales de la Universidad
Norma Institucional:
Los estudiantes
activos o readmitidos que hayan pagado
su matricula
tendrán derecho a reembolso de:
Semestres
(agosto-diciembre) (enero-mayo):
A. Sesión regular y sabatina
1. 75% durante la primera semana* de clases
según el calendario académico
2. 50% durante la segunda semana* de clases
según el calendario académico
3. No hay reembolso después de la segunda
semana de clases.
-
La semana se compone de 6 días consecutivos, excluyendo
los domingos y días
feriados, según el calendario académico. El
reembolso corresponde al total del
costo
de la matrícula pagada. Durante las dos
primeras semanas de clases se
eximirá la
cuota universitaria y el plan médico.
B. Sesión de Verano (junio
/ julio)
-
Único reembolso: 75% durante los primeros 3
días de clases, excluyendo domingos
y
días feriados, según el calendario
académico. El reembolso corresponde
al total del
costo matricula pagada. Se eximirá la cuota
universitaria y el plan médico.
-
NO
hay reembolso después del tercer día de
clases.
Para mayor información relacionada al
proceso de devolución de fondos, puede
visitar la Oficina
de Asistencia Económica y/o la Oficina de
Tesorería.
Cambios en
Costos
La Institución se reserva el derecho de
efectuar cambios en sus cargos y cuotas.
Pago de
Matrícula
Los estudiantes se considerarán
matriculados cuando completen el proceso
de validación y
tengan la copia de su matricula validada
sellada con la firma del Tesorero en el
Campus de
Ponce o con la firma de los oficiales de
Tesorería en los
Recintos y
Extensiones.
Todo
estudiante que no cumpla con este requisito,
no está autorizado a asistir a clases.
Los costos de
matricula han de pagarse en el día de
matrícula mediante giro postal, giro
bancario, cheque
certificado por el banco o aprobado por el
sistema electrónico, en efectivo y/o
tarjetas de crédito:
VISA, Master Card, ATH y ELECTRON. Los
estudiantes que no cualifican para
ayudas
económicas, pueden elegir los siguientes
planes de diferido.
a. Estudiantes matriculados en
semestre;
(4) plazos: el primer pago se
hará el mismo día de la matrícula, con el
25% del total de la misma y el
restante lo pagará mediante cupón de pago
mensual con el recargo de
1% sobre balance
b. Estudiantes matriculados en
trimestre; (3) plazos
el primero se hará
mismo día de la matrícula, con el 33% de el
total de la misma y el
restante se pagará mediante cupón de pago
mensual con el recargo de
1% sobre balance.
c. Estudiantes matriculados sesión de
verano: (2) plazos
el primero se hará le mismo día de la matrícula, con el
50% del total de la misma y
el restante antes del último día de
clases de la sesión.
Deudas
Todos los estudiantes deberán saldar sus
deudas antes de tomar los exámenes
finales o en la
fecha establecida en el cupón de pago. Los
estudiantes que tengan
obligaciones
financieras
pendientes de semestres anteriores tienen
que pagar el total adeudado en o antes
de su
matricula o en la fecha establecida en el
cupón de pago con un 1% de recargo sobre
balance
mensual. Si la Institución se ve obligada a
utilizar los servicios de agencias de
cobros o
abogados para el cobro de una deuda, los
costos y honorarios por concepto de
estos servicios
serán
responsabilidad del estudiante deudor.
Estudiantes transferidos de otras
universidades o
colegios, que tengan deudas con algún
programa de ayuda federal,
no serán
elegibles para
recibir ayuda de programas federales en la
Pontificia Universidad Católica de P.R.
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