Política de Reembolsos


El reglamento federal (“Higher Education Amendments” of 1998, Public Law 105-244”) le indica a la institución, el proceso del cálculo de la ayuda, cuando un estudiante efectúa una baja total. La Universidad tiene que calcular la cantidad a la cual el estudiante tiene derecho y la cantidad que deberá devolverse al Gobierno Federal. El estudiante solamente tendrá derecho a recibir un porcentaje de ayuda federal, basada en los días que asistió a clases (días asistidos ÷ días en el semestre). Si el por ciento de asistencia a clases es mayor del 60%, el estudiante es elegible para recibir la cantidad total de ayuda asignada. La institución y el estudiante, son responsables de devolver al Gobierno Federal, la cantidad que no les corresponde. El estudiante debe pasar por la Oficina de Asistencia Económica, para orientarse sobre la cantidad de ayuda federal a la cual tiene derecho y la cantidad que tendrá que devolver o re-pagar al Gobierno Federal, antes de darse de baja total. Debido a que este reglamento tiene que ver con los Programas de Titulo IV, el proceso de reembolso de fondo, no necesariamente se aplica a otros fondos. No obstante, los Programas Estatales se rigen por la misma política de reembolsos de Titulo IV, del Departamento de Educación Federal.

El siguiente orden de devolución de fondos, está basado en la reglamentación federal de Título IV.

  1. Préstamo Federal Stafford No-Subsidiado

  2. Préstamo Federal Stafford Subsidiado

  3. Préstamo Federal Directo No-Subsidiado

  4. Préstamo Federal Directo Subsidiado

  5. Préstamo Perkins

  6. Préstamo Plus

  7. Préstamo Plus Directo

  8. Pell Grant

  9. Academic Competitiveness Grant (ACG)

  10.  National Science and Mathematic Access to Retain Talent Grants (SMART)

  11.  Federal SEOG

  12. Alguna otra Ayuda de Titulo IV

  13. Alguna otra ayuda de No-Titulo IV

Reembolso por bajas totales de la Universidad

Norma Institucional: Los estudiantes activos o readmitidos que hayan pagado su matricula tendrán derecho a reembolso de:

Semestres (agosto-diciembre) (enero-mayo):

A. Sesión regular y sabatina

1. 75% durante la primera semana* de clases según el calendario académico

2. 50% durante la segunda semana* de clases según el calendario académico

3. No hay reembolso después de la segunda semana de clases.

  • La semana se compone de 6 días consecutivos, excluyendo los domingos y días feriados, según el calendario académico. El reembolso corresponde al total del costo de la matrícula pagada. Durante las dos primeras semanas de clases se eximirá la cuota universitaria y el plan médico.

B. Sesión de Verano (junio / julio)

  1. Único reembolso: 75% durante los primeros 3 días de clases, excluyendo domingos y días feriados, según el calendario académico. El reembolso corresponde al total del costo matricula pagada. Se eximirá la cuota universitaria y el plan médico.

  2. NO hay reembolso después del tercer día de clases.

Para mayor información relacionada al proceso de devolución de fondos, puede visitar la Oficina de Asistencia Económica y/o la Oficina de Tesorería.

Cambios en Costos

La Institución se reserva el derecho de efectuar cambios en sus cargos y cuotas.

Pago de Matrícula

Los estudiantes se considerarán matriculados cuando completen el proceso de validación y tengan la copia de su matricula validada sellada con la firma del Tesorero en el Campus de Ponce o con la firma de los oficiales de Tesorería en los Recintos y Extensiones. Todo estudiante que no cumpla con este requisito, no está autorizado a asistir a clases. Los costos de matricula han de pagarse en el día de matrícula mediante giro postal, giro bancario, cheque certificado por el banco o aprobado por el sistema electrónico, en efectivo y/o tarjetas de crédito:

VISA, Master Card, ATH y ELECTRON. Los estudiantes que no cualifican para ayudas económicas, pueden elegir los siguientes planes de diferido.

a. Estudiantes matriculados en semestre; (4) plazos: el primer pago se hará el mismo día de la matrícula, con el 25% del total de la misma y el restante lo pagará mediante cupón de pago mensual con el recargo de 1% sobre balance

b. Estudiantes matriculados en trimestre; (3) plazos el primero se hará mismo día de la matrícula, con el 33% de el total de la misma y el restante se pagará mediante cupón de pago mensual con el recargo de 1% sobre balance.

c. Estudiantes matriculados sesión de verano: (2) plazos el primero se hará le mismo día de la matrícula, con el 50% del total de la misma y el restante antes del último día de clases de la sesión.

Deudas

Todos los estudiantes deberán saldar sus deudas antes de tomar los exámenes finales o en la fecha establecida en el cupón de pago. Los estudiantes que tengan obligaciones financieras pendientes de semestres anteriores tienen que pagar el total adeudado en o antes de su matricula o en la fecha establecida en el cupón de pago con un 1% de recargo sobre balance mensual. Si la Institución se ve obligada a utilizar los servicios de agencias de cobros o abogados para el cobro de una deuda, los costos y honorarios por concepto de estos servicios serán responsabilidad del estudiante deudor. Estudiantes transferidos de otras universidades o colegios, que tengan deudas con algún programa de ayuda federal, no serán elegibles para recibir ayuda de programas federales en la Pontificia Universidad Católica de P.R.

 

 

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04/20/2010