Junta de Revisión Institucional
Introducción
Estimado investigador, mentor y estudiante/investigador:
Este documento tiene como propósito contestar las preguntas más frecuentes relacionadas con la solicitud de autorización para realizar investigaciones sometida al Comité de Revisión de Colegio o Recinto adscrito para la aprobación de la Junta de Revisión Institucional (JRI) de la Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico (PUCPR).
¿Quién debe solicitar autorización?
Todo investigador, mentor o estudiante/investigador que planifique realizar una investigación (proyecto, estudio de viabilidad, encuesta, otros) que involucre a seres humanos debe someter una autorización antes de recoger cualquier información o hacer cualquier intervención.
¿Cuándo se debe someter la solicitud de autorización?
Si es una investigación para fines de grado de maestría o doctoral, (de la PUCPR y/o Institución externa) el estudiante investigador debe consular con su mentor o comité para determinar cuándo es el momento idóneo de solicitar. El estudiante investigador no debe solicitar autorización a la JRI si no tiene el aval de su mentor o comité. Investigaciones de instituciones externas deberán seguir los procesos señalados en el Manual de Procedimientos y Reglamento de la Junta de Revisión Institucional.
¿Hay fechas límites para la solicitud?
La respuesta es sí. Semestralmente, la JRI programa cinco (5) reuniones, una por cada mes del semestre del año académico) (agosto a diciembre y enero a mayo). Generalmente, estas reuniones se celebran los martes o jueves en el horario universal de la PUCPR (10:30 am). Los Colegios y Recintos establecen como fechas límites para recibir la solicitud y los documentos requeridos dos semanas antes de la reunión de la JRI. El itinerario de fechas es enviado por correo electrónico institucional a los mentores y estudiantes investigadores. Igualmente es publicado en los tablones de edictos de la Escuela Graduada en Educación.
Si entrego fuera de fecha, ¿qué pasa?
Desafortunadamente, ]no recibirá solicitudes fuera de las fechas límites establecidas. Por esto es importante que tanto mentores como estudiantes estén atentos a las fechas publicadas.
¿Dónde encuentro los formularios?
Todos los formularios actualizados de la JRI están disponibles en formato Word en la página web de la PUCPR, bajo la pestaña de Investigaciones, al acceder a la siguiente dirección electrónica: http://www.pucpr.edu
Debe cerciorarse que los formularios usados deben ser los actualizados en el año académico en curso.
¿Qué formularios debo someter?
Tenemos formularios para investigaciones general, estudios de viabilidad, investigaciones de categoría exentas, investigaciones para cursos, entre otros. Usted elige cuál formulario se asemeje más al propósito de su investigación. Generalmente, todo estudiante-investigador debe someter el formulario IRB-F-01. Debe asegurarse de completar todos los campos que se requieren. Es importante que provea toda la información actualizada y correcta del investigador principal y su mentor. Es requerido que incluya el correo electrónico institucional, ya que la JRI se comunicará con el investigador a través de este medio. Se exhorta a que provea todos los detalles relacionados con la investigación que planifica realizar. Esto es: propósito, aportación, participantes y cantidad, instrumentos de investigación, medios para recopilar datos o información, procedimientos, etc.
Junto con el formulario anterior, según sea el caso, el estudiante-investigador debe someter el consentimiento informado. Ninguna investigación que involucren la participación de sujetos humanos será eximida o exento del mismo del consentimiento informado. El IRB-F-02 es para los participantes mayores de edad (21 años o más) y el IRB-F03 es para los participantes menores de edad (menores de 21 años).
Si los participantes de la investigación están ligados al Departamento de Educación de Puerto Rico, se han separado los dos formularios anteriores (IRB-F-02 e IRB-F-03) para ser usados con esas poblaciones.
¿Qué es eso del nivel de riesgo?
Todas las investigaciones conllevan cierto riesgo para los participantes. Son cuatro categorías, Exentos, Riesgo menos del Mínimo, Riesgo Mínimo, y Riesgo más del Mínimo. Generalmente, en las investigaciones educativas, si los participantes son mayores de edad (adultos), este nivel de riesgo es menos del mínimo. Ahora bien, si los participantes de la investigación son menores de edad (niños, adolescentes), o poblaciones que sean vulnerables (ancianos, mujeres embarazadas, presos, personas con algún tipo de discapacidad), automáticamente, la investigación conlleva de un riesgo más del mínimo. En estos casos, la JRI en pleno es quien autoriza estas investigaciones.
¿Debo someter la propuesta de investigación?
La respuesta es no. La JRI no requiere que el estudiante-investigador someta su propuesta de investigación. Solo basta que dé los detalles de su investigación en los formularios antes mencionados.
¿Y que hay con el instrumento de investigación? ¿Y si no es mío?
La JRI requiere que se identifique y someta el medio que el investigador recogerá datos o información de los seres humanos participantes de la investigación. Esto es, debe incluir la versión validada del instrumento de investigación (cuestionario, escala, inventario, prueba, otros) o del protocolo de entrevistas (de usarse en una investigación cualitativa). Si el investigador no es el autor del instrumento, se requiere que se incluya una autorización oficial de dicho autor. Es decir, una carta (con membrete) y firmada por el autor. Al momento, no se aceptan copias de correos electrónicos de los autores como autorización.
¿Algún documento de dónde voy a recoger datos o información?
Ciertamente, se debe incluir una autorización oficial de la agencia u organización en donde el investigador recogerá datos o información. Al igual que en el apartado anterior, la autorización debe estar firmada y sellada. La JRI no admite cartas únicamente con el visto bueno (Vo.Bo.).
¿Debo estar certificado sobre los aspectos éticos de la investigación que involucra a seres humanos?
Sí, la JRI de la PUCPR requiere dos certificaciones. La primera del CITI Program (https://about.citiprogram.org/en/homepage/) y la segunda, la del Research Aspects of HIPAA Tutorial (https://irb.ucsd.edu/hipaatutorial/login.shtml). La primera certificación es válida por cinco (5) años, y la segunda, por dos (2) años. Se requiere que tanto el estudiante-investigador, como su mentor posean ambas certificaciones vigentes y sometan evidencia de las mismas al solicitar autorización.
Ya tengo todos los documentos requeridos, ¿ahora qué hago?
Antes de someter todos los documentos al CRC-ED, es el mentor quien debe cuidadosamente revisar todos los formularios y certificar que la información provista por el estudiante-investigador es correcta. Una vez el mentor certifique y firme los documentos, el estudiante-investigador debe imprimir nítidamente todos los documentos. Al mismo tiempo, debe incluir en un CD debidamente rotulado y dentro de un sobre para CD, todos los documentos en formato PDF. No debe entregar los documentos grapados. Puede entregarlos antes de las fechas límites a la secretaria de la Escuela Graduada en Educación, quien los recibirá, sellará con la fecha entregada y preparará un recibo de los documentos.
¿Dónde me comunico si tengo dudas o necesito más información?
Electrónicamente, puedes enviar un mensaje a: se podrá comunicar con el Presidente/a IRB adscrito al Colegio, y/o jrinstl@pucpr.edu
¿Cuándo recibo la autorización final de la JRI?
La secretaria de la JRI envía la carta oficial de autorización a través del correo electrónico de la PUCPR. Esta no debe tardar más de quince (15) días después de la reunión mensual de la JRI. Esta autorización es válida por un año.
Consideraciones finales
Esté pendiente a su correo electrónico, porque cuando el Comité de Revisión revise su solicitud y documentos, es muy probable que se comunique con usted para que arregle algún detalle que deba arreglar, cambiar o clarificar. Recuerde que este proceso debe darse fielmente a las normas y conductas éticas y reglamentos federales que rigen las investigaciones que involucran a los seres humanos.
Documento preparado por:
Dr. Edgardo J. Avilés-Garay,
Presidente CRC-ED
La función de la Junta de Revisión Institucional (JRI) es cumplir con el compromiso que tiene la Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico (PUCPR) con la reglamentación federal CFR §45 Sección 46 que se estableció para la protección de los derechos de los seres humanos en investigación. Esta responsabilidad se ratifica con la aprobación del Federalwide Assurance (FWA) Número FWA00021489. Es un organismo autónomo, que se encarga de asegurar que toda investigación generada por facultad, estudiantes y administradores que incluya seres humanos como participantes, sea auspiciada por la PUCPR o por fondos externos, cumple con la reglamentación vigente tanto a nivel federal como institucional.
Notificación Uniforme de No Discrimen de la Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico bajo el Título IX de las Enmiendas Educativas de 1972 (Aprobada 04/25/2018)
La Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico no discrimina contra individuo alguno por razón de raza, color, etnia, nacionalidad, sexo, orientación sexual, impedimento, condición mental, religión, estatus militar, veterano o por edad en su admisión, acceso o trato o empleo con relación oportunidades educativas, programas, actividades según le es requerido por las leyes y reglamentos aplicables. La Universidad está exenta de aquellas disposiciones de Titulo IX que no sean consistentes con los principios religiosos de la Iglesia Católica Apostólica y Romana. Inquietudes o preguntas sobre la aplicación e implementación de la reglamentación que prohíbe el discrimen pueden ser referidas al Coordinador de la Sección 504 o a la Oficina de Derechos Civiles. Las siguientes personas han sido nombradas para manejar sus inquietudes:
1. Dra. Ada Kercadó Robles, Coordinadora Título IX
Directora, Clínica Interdisciplinaria de Servicios a la Comunidad
Calle Universidad, Esquina Juan Santaella, Ponce
Tel. 787-841-2000, exts. 2414, 2411, 2415
Correo electrónico: 504coordinator@pucpr.edu
2. Dr. Waddy Mercado-Maldonado
Oficina Institucional de Cumplimiento
Edificio Los Fundadores, 4to Piso
Tel. 787-841-2000, ext. 1232
Correo electrónico: 504hotline@pucpr.edu
Pontifical Catholic University of Puerto Rico Notice of Non-Discrimination Under Title IX of the Education Amendments of 1972 (approved. 04/25/2018) The Pontifical Catholic University of Puerto Rico does not discriminate against any person on the basis of race, color, ethnicity, national origin, sex, sexual orientation, disability, medical condition, religion, military status, veteran status or age in admission or access to, or
treatment or employment in its educational opportunities, programs and activities as required by applicable laws and regulations. The University is exempt from Title IX provisions that are not consistent with the religious tenents of the Roman Catholic Church. Inquiries concerning the application of regulations prohibiting discrimination may be referred to the designated Section 504 Coordinator or the Office of Civil Rights. The following persons have been designated to handle inquiries:
1. Title IX 504 Coordinator – Ada Kercadó Robles, Ph.D.
Director, Interdisciplinary Community Services Clinic
University Street, corner Juan Santaella, Ponce
Tel. 787-841-2000, ext. 2414, 2411, 2415
Email: 504coordinator@pucpr.edu
2. Institutional Compliance Office – Dr. Waddy Mercado-Maldonado
Los Fundadores Building, 4 th Floor
Tel. 787-841-2000, ext. 1232
Email: 504hotline@pucpr.edu
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Contacto
Sra. Inés Toro Alvarado
Oficial Administrativo
Tel. (787) 841-2000 Ext. 1210Dr. Hernán Vera Rodríguez
Presidente
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